Resolución por la que se recuerda al Ayuntamiento de Tuineje, el deber legal de dictar de forma expresa las resoluciones, de forma individual, en todos lo procedimientos y a notificarlas cualquiera que sea su forma de iniciación; de entregar a los administrados copias o certificados de los documentos cuyo examen sea autorizado por la Administración, previo pago, en su caso, de las exacciones que se hallen legalmente establecidas, y la Recomendación de declarar la nulidad de expediente sancionador incoado al administrado, al prescindir total y absolutamente del procedimiento establecido que, por tanto debe anularse, al concurrir en el mismo un defecto formal esencial e invalidante, y proceder a la devolución de lo embargado en su cuenta corriente con los correspondientes intereses de demora y finalmente, de identificar al personal responsable de la tramitación y custodia del expediente administrativo sancionador, e iniciar el procedimiento disciplinario oportuno.