EQ-1480/2008.Resolución por la que se recuerda a la Dirección General de Tributos de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, el deber legal de dictar y notificar a los interesados la caducidad de los procedimientos tributarios, cuando la misma se produzca, junto con su archivo, y que, antes de acudir a la notificación edictal o por comparecencia, se intente la notificación en el domicilio idóneo, bien porque consta en el mismo expediente, bien porque su localización resulta extraordinariamente sencilla, normalmente acudiendo a oficinas o registros públicos; y la Recomendación de anular de oficio el procedimiento tributario seguido con el interesado y declarar la prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda mediante la oportuna liquidación al carecer de validez la notificación realizada al padre del sujeto pasivo, y no haber realizado ninguna acción con conocimiento formal del obligado tributario, adoptando los actos consecuentes con ello, entre otros, la devolución de lo ingresado con sus intereses legales.