EQ-0269/2011. Se recomienda a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias que se adopten las medidas oportunas para que se dicte resolución expresa en los recursos formulados por los interesados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se sugiere que se proceda, de no haberse llevado a cabo, a resolver expresamente el recurso de reposición formulado por el ciudadano , motivando el sentido de tal resolución, decidiendo cuantas cuestiones, tanto de forma como de fondo, plantee el procedimiento teniéndose en cuenta todos los efectos jurídicos que se debían haber derivado de la resolución indicada.