EQ-0121/2011. Resolución por la que se recuerda a Valora Gestión Tributaria de Gran Canaria que los actos de aplicación de los Tributos son reglados, y se le recomienda que antes de acudir a la notificación edictal o mediante comparecencia, intente la notificación en el domicilio idóneo, bien porque éste consta en el mismo expediente, bien porque su localización resulta extraordinariamente sencilla, normalmente acudiendo a oficinas o registro públicos, asimismo revocar el acto de liquidación de la Tasa de Prevención, Extinción de Incendios, Salvamento Otros girada al interesado, al no constar que se haya producido la comunicación del inicio del procedimiento tributario como establece el artículo 98 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, con la devolución de las cantidades ingresadas indebidamente, y reconocer el derecho a la devolución de los intereses legales correspondientes.