EQ-0580/2011. Resolución por la que se sugiere al Ayuntamiento de Santa Brígida, supervisar si en los tributos de cobro periódico por recibo se está notificando siempre a los obligados tributarios, con carácter previo, la liquidación correspondiente al alta en el respectivo registro, padrón o matrícula por imperativo legal, así como, el recordatorio de que los actos de aplicación de los tributos son reglados y finalmente, se le recomienda anular y revisar de oficio las liquidaciones giradas a la interesada del Impuesto de Bienes Inmuebles, de su finca, al no haberle notificado la liquidación correspondiente al Alta en el Registro o Padrón municipal, así como proceder a la devolución de lo ingresado indebidamente por la ciudadana, por dicho impuesto con los correspondientes intereses legales.