EQ-0845/2014. Recomendación para que realicen: – la adopción de cuantas medidas sean necesaria para garantizar la accesibilidad al parque de viviendas públicas construidas, atendiendo a los criterios de viabilidad técnica que se establezcan para cada actuación; – acudir al Fondo para la Supresión de Barreras, con el fin de cofinanciar las actuaciones necesarias para garantizar la accesibilidad de las viviendas promovidas por esa empresa pública, en caso de no existir disponibilidad en los propios presupuestos de VISOCAN; – cumplir con la obligación legal de consignar en los presupuestos de esa empresa pública, la partida o partidas necesarias para la promoción y el fomento de la accesibilidad universal.