Resolución del Diputado del Común, de 07 de abril de 2017, por la que se recomienda al Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma:
1.-Recomendar al Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma que, en lo sucesivo, todos los ciudadanos que se dirijan a esa Corporación reciban la información que corresponda, de acuerdo con la normativa que regula este derecho.
2.-Recomendar al Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma que, en lo sucesivo, todo acuerdo que se adopte como consecuencia de denuncia venga debidamente motivado y exprese los recursos que procedan contra el mismo, aun cuando se decida el archivo sin pasar siquiera por la fase de información previa.
3.-Conceder al Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma el plazo de un mes para que informe si acepta o no las recomendaciones y las medidas adoptadas en de la presente Resolución, o los motivos de su rechazo, de acuerdo con el cumplimiento artículo 37.1 de la Ley 7/2001 de 31 de julio del Diputado del Común.