Q18/1494: se recordó, a la Directora General de Protección a la Infancia y Familia del Gobierno de Canarias, el deber legal de dictar resolución expresa y notificarla al interesado, estimando o desestimando su solicitud. Asimismo, se le recomendó que proceda a reconocer la condición de familia numerosa a la unidad familiar formada por el ciudadano, su pareja y sus dos hijos e hija y realizara revisión de oficio, en caso de aceptación de la resolución, de las desestimaciones que hubiera realizado con respecto a las parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de Canarias, que reúnan los requisitos establecidos Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas