Resolución por la que se le recordó, a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, el deber legal de actuar, en todo caso, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho, y por tanto, de ceñirse estrictamente a lo establecido en la normativa vigente, particularmente en materia de responsabilidad patrimonial, al cumplimiento de lo dispuesto en lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículos 20 y 91(apartados 1 y 2). Asimismo, se recomendó que se adoptaran las medidas oportunas, para que acomodasen su actuación administrativa a los principios de eficacia, economía