Resolución por la que por la que se le recuerda al Consejo Canario de Colegios de Abogados, que debe respetar el plazo máximo para dictar resolución expresa y a notificarla según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se sugiere que resuelva de manera expresa el recurso de alzada interpuesto.