Documentos del Diputado del Común
-
Atención administrativa / Decisiones Q-21/488. Resolución por la que se sugiere dotar del personal técnico necesario para la resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial que afectan a los vecinos, y dictar resoluciones expresas... Resolución dirigida al Ayuntamiento de La Oliva por la que se le sugiere, que se dote a la mayor brevedad en la medida de lo posible, del personal técnico necesario para la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial que afectan a los vecinos; se dé impulso al expediente de la ciudadana y se tomen las medidas necesarias para que definitivamente se resuelva el mismo cuanto antes; así como que se dicte resolución expresa en el expediente sobre reclamación patrimonial iniciada por la ciudadana en julio de 2020. Resolución pendiente de respuesta Descargar
-
Atención administrativa / Decisiones Resolución por la que se recomienda al Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, que resuelva de modo expreso los expedientes sobre responsabilidad patrimonial de la administración pública. Recomendación remitida al Ayuntamiento de Puerto de la Cruz para que se dicte resolución expresa en sendos expedientes administrativos relativos a reclamación patrimonial iniciada por la ciudadana en el año 2020, y para que se preste una especial atención y sensibilidad en la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial iniciados por los ciudadanos, sobre todo por los efectos económicos que ello supone. Aceptada por la administración municipal Descargar
-
Atención administrativa / Decisiones Q-21/70. Resolución por la que se recuerda el deber legal al Ayuntamiento de Tuineje de dar trámite al expediente de actividades clasificadas conforme a la Ley homónima, de cumplir... Resolución dirigida al Ayuntamiento de Tuineje, recordándole el deber legal de dar cumplimiento a la ordenanza municipal contra la contaminación acústica y térmica del municipio de Tuineje; así como el deber legal de dar impulso a la tramitación del expediente administrativo emitiendo los informes técnicos necesarios para la resolución del mismo. Se le recuerda igualmente el deber legal de administración pública de dar respuesta expresa a las peticiones de la ciudadanía conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Finalmente se le recuerda el deber legal de adoptar las medidas provisionales correctoras de modo urgente para evitar que se siga afectado el derecho a la salud y al descanso de la vecina Resolución aceptada por la administración. Descargar
-
Atención administrativa / Decisiones Resolución por la que se recuerda el deber legal al Ayuntamiento de Breña Baja de dar trámite al expediente de actividades clasificadas conforme a la Ley homónima, de cumplir... Resolución dirigida al Ayuntamiento de Breña Baja, recordándole el deber legal de dar cumplimiento a la Ley 7/2011 de 5 de abril de actividades clasificadas y espectáculos públicos, para que inicie a la mayor brevedad expediente de actividades clasificadas conforme a Derecho; así como el deber legal de dar cumplimiento a la ordenanza reguladora de la convivencia y a la ordenanza reguladora de la tenencia, protección y circulación de animales. Finalmente se le recordó el deber legal de dar cumplimiento a la obligación legal de toda administración pública de dar respuesta expresa a las peticiones de los ciudadanos, conforme establece el art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin respuesta por parte de la administración Descargar
-
Atención administrativa / Decisiones Q 20/1302 Resolución por la que se recuerda el deber legal de dar cumplimiento a las ordenanzas municipales, de adoptar medidas correctoras para evitar perjuicios a terceros y... Resolución dirigida al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, recordándole el deber legal de dar cumplimiento a la ordenanza municipal de protección del medio ambiente frente a ruidos y vibraciones aprobada por el pleno municipal de 26 de abril de 2002, de realizar de oficio al menos una visita de inspección para conocer el desarrollo de la actividad en horario nocturno, donde habitualmente se genera ruido molesto, para que se adopten medidas correctoras urgentes, en evitación de continuar lesionándose el derecho a la salud y al descanso del vecino; y para que se dé cumplimiento a la obligación legal de toda administración pública de dar respuesta expresa a las peticiones de la ciudadanía. Resolución sin respuesta Descargar