La actuación de la Diputación del Común es GRATUITA y CONFIDENCIAL. No precisa la intervención de abogado, procurador o gestor. Las administraciones públicas canarias están obligadas a auxiliar con carácter urgente y preferente al Diputación del Común en el cumplimiento de sus funciones.

 

Lo que SÍ puede hacer

 

  • Puede investigar cualquier actuación de las administraciones públicas canarias que vulnere los derechos de las personas, como por ejemplo:
    • Retraso indebido en la actuación administrativa
    • Error o arbitrariedad en la aplicación de las normas
    • Silencio administrativo ante las peticiones ciudadanas
    • Trato incorrecto al ciudadano
    • Negativa injustificada a facilitar información
    • Inejecución de las propias resoluciones adoptadas
  • Tiene facultad de investigación y facultad de denuncia.

Lo que NO puede hacer

 

  • No puede intervenir en conflictos de intereses entre particulares, en asuntos que se encuentren pendientes de resolución judicial o sobre los que haya recaí­do sentencia.
  • No puede admitir quejas que se presenten de forma anónima, infundada o con mala fe.
  • No es un juez, ni tiene poder ejecutivo sobre las administraciones públicas. Por tanto no dicta sentencias, no impone sanciones, ni puede suspender las actuaciones administrativas objeto de queja.

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¿Cómo actúa la Diputación del Común?

 

Estudia las quejas presentadas, y recaba del organismo o dependencia administrativa afectada la remisión del informe que proceda. Una vez investigada la reclamación, la Diputación del Común puede remitir a la Administración Pública afectada Sugerencias, Advertencias, Recomendaciones y Recordatorios de deberes legales. También tiene capacidad para actuar a iniciativa propia (de oficio).

Además de la investigación y resolución de las quejas presentadas por los ciudadanos, la Diputación del Común:

  • Informa al Parlamento de Canarias sobre su actividad anual en un informe que presenta ante el Pleno de la Cámara autonómica. En este documento recoge las quejas recibidas, las actuaciones que ha emprendido para su resolución, la respuesta que ha obtenido de las administraciones públicas y las medidas sugeridas.
  • Puede elaborar Informes Extraordinarios referidos a asuntos de especial gravedad o trascendencia.